Un "bailout" se da en dos momentos:
a)Cuando un grupo de Estados u organismos internacionales inyectan recursos frescos a un país a efecto de evitar que incurra en mora en el pago de sus obligaciones.
b)Cuando es el Estado el que aporta liquidez, en especial, al sector bancario de su economía, con el fin de conjurar potenciales quiebres o insolvencias que pudieran llevar al país entero a una debacle financiera.
La equivalencia usual de "bailout" al español es "rescate financiero" aunque en el lenguaje financiero se acostumbra mucho también ocupar el término "salvataje", pese a que este vocablo aún no es reconocido por la RAE.
Un "bail-in", al igual que "bail-out", también implica impedir la bancarrota de una corporación, pero a diferencia del "bailout" los recursos financieros no provienen de afuera sino de las entrañas mismas de la compañía endeudada. La idea es que los acreedores asuman su parte de responsabilidad por la crisis financiera de ésta, mediante la capitalización de sus deudas de pasivo a capital. En este sentido, los acreedores comparten el riesgo, junto con los accionistas, por las pérdidas que pueda tener la empresa. Mediante el "bail-in" disminuye la carga por intereses y se mejoran los ratios financieros de liquidez. Tal y como mencioné antes, una equivalencia al español de "bail-in" es simplemente "capitalización de deuda".