Personalmente, salvo la denominación, no estoy seguro de las diferencias entre una ARNP y un PA. Para mí ambos serían básicamente equivalentes a lo que nosotros denominamos enfermera (enfermera especializada, enfermera con capacitación prescriptora u otras, con denominación genérica equivalente -enfermera; especialista enfermera- aunque con distintas funciones y responsabilidades según el caso). La enfermería (en España) está capacitada por formación para realizar una evaluación inicial del paciente, establecer diagnósticos enfermeros y plantear aproximaciones terapéuticas cuando proceda. Sus funciones y niveles de responsabilidad pueden variar de manera muy significativa en función no solo de formación específica adicional sino también del tipo de puesto y de las características y organización funcional de los equipos asistenciales.
La solución de compromiso de utilizar "terapeuta", un término ambiguo con el que podrías hacer alusión a un médico igual que a una enfermera, podría servir para hacer referencia a cualquier clínico asistencial, con independencia de su titulación particular. Aunque no deja de ser eso, una solución de compromiso (y no me acaba de convencer en exceso, la verdad).
De manera natural, denominaría enfermera tanto a una ARNP como a un PA -en el contexto cuasicoloquial que planteas (hoy la atenderá la enfermera x).
Si quieres afinar más, una alternativa que resonaría natural sería la de "especialista";
Hoy la atenderá la especialista Hippman
Haríamos así referencia a una especialista enfermera, sin especificar en este caso el título particular. Personalmente me parece denominación inespecífica pero probablemente válida para hacer alusión a un PA.