Hola a todos,
Quisiera saber de qué se trata la facultad de declarar la inconstitucionalidad "de oficio". A lo que voy es, estoy leyendo un apunte de la materia de Derecho, y me encontré con estas frases: Los tribunales sólo pueden declarar la inconstitucionalidad a pedido de parte. A pesar de que los tribunales no declaren la inconstitucionalidad de oficio, la circunstancia de que el Poder Judicial tenga la facultad de controlar la constitucionalidad de las leyes, asignan a este poder el papel de protector de los intereses individuales, y por lo tanto es garantía de la libertad de los ciudadanos.
A ver si entendí bien el concepto de la declaración de inconstitucionalidad en su aplicación en Argentina. Lo que yo entendí fue lo siguiente: Que los tribunales sólo atienden a los casos solicitados por los ciudadanos, ellos tienen facultad de controlar la inconstitucionalidad de leyes en cada aplicación que se le solicita revisar. O sea, cada conclusión que llegan los tribunales es aplicable al caso y no de carácter general, por lo que la misma ley para un caso específico puede ser inconstitucional pero para otro no.
Por favor corríjanme tanto los errores sintácticos como semánticos, soy principiante en el estudio de Derecho, por lo que pueda emplear equivocadamente los vocabularios específicos.
Gracias a todos! Saludos!
Quisiera saber de qué se trata la facultad de declarar la inconstitucionalidad "de oficio". A lo que voy es, estoy leyendo un apunte de la materia de Derecho, y me encontré con estas frases: Los tribunales sólo pueden declarar la inconstitucionalidad a pedido de parte. A pesar de que los tribunales no declaren la inconstitucionalidad de oficio, la circunstancia de que el Poder Judicial tenga la facultad de controlar la constitucionalidad de las leyes, asignan a este poder el papel de protector de los intereses individuales, y por lo tanto es garantía de la libertad de los ciudadanos.
A ver si entendí bien el concepto de la declaración de inconstitucionalidad en su aplicación en Argentina. Lo que yo entendí fue lo siguiente: Que los tribunales sólo atienden a los casos solicitados por los ciudadanos, ellos tienen facultad de controlar la inconstitucionalidad de leyes en cada aplicación que se le solicita revisar. O sea, cada conclusión que llegan los tribunales es aplicable al caso y no de carácter general, por lo que la misma ley para un caso específico puede ser inconstitucional pero para otro no.
Por favor corríjanme tanto los errores sintácticos como semánticos, soy principiante en el estudio de Derecho, por lo que pueda emplear equivocadamente los vocabularios específicos.
Gracias a todos! Saludos!