Leyendo el texto y siendo jurista, se puede entender: se trata de la teoría de la "ley - pantalla": es una forma de controlar la legalidad de los actos administrativos a través del ajuste o concordancia de ese acto a la Constitución. En otras palabras, una forma de controlar el ajuste de la ley a la Constitución a través de la valoración de los actos administrativos por el juez al que el mismo es sometido. En español, sería equivalente al llamado "recurso indirecto de la legalidad". Entrar en más detalles sería un tanto "ennuyant" para los no juristas.